Decreto del 4 de julio de 1938

Decreto del 4 de julio de 1938 [recurso electrónico]

Manteniendo lo dispuesto en el decreto No. 81.317, con fecha 29 de abril de 1936, que establece que no corresponde efectuar descuento alguno en los haberes que se liquidan a favor de las Religiosas que prestan servicios en el Asilo Correccional de Mujeres de la Capital e institutos similares.

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DE 7402/1938