Ley 19988 [recurso electrónico] : [validez nacional de títulos oficiales y no oficiales de establecimientos educacionales provinciales].
Tipo de material: ArtículoTema(s): Recursos en línea: En: Consejo Federal de Educación : ley Nº 19.988 : decretos Nos. 8.804 y 86 p. 5-8Resumen: Los estudios cursados en establecimientos educativos de las provincias, oficiales y no oficiales, reconocidos y los títulos por ellos expedidos, tendrán validez nacional, conforme al régimen que se instituye por la presente ley, del que quedan excluidos los estudios y títulos de tercer nivel de carácter universitario.No hay ítems correspondientes a este registro
Publicada en el Boletín Oficial nro. 22561 del 07/12/1972.
Los estudios cursados en establecimientos educativos de las provincias, oficiales y no oficiales, reconocidos y los títulos por ellos expedidos, tendrán validez nacional, conforme al régimen que se instituye por la presente ley, del que quedan excluidos los estudios y títulos de tercer nivel de carácter universitario.