Decreto del 4 de julio de 1938 [recurso electrónico]

Por: Colaborador(es): Tipo de material: ArtículoArtículoTema(s): Recursos en línea: En: Boletín del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública de la Nación Argentina Año 1, no. 3 (2 jun.-10 ago. 1938), p. 35Resumen: Manteniendo lo dispuesto en el decreto No. 81.317, con fecha 29 de abril de 1936, que establece que no corresponde efectuar descuento alguno en los haberes que se liquidan a favor de las Religiosas que prestan servicios en el Asilo Correccional de Mujeres de la Capital e institutos similares.
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Manteniendo lo dispuesto en el decreto No. 81.317, con fecha 29 de abril de 1936, que establece que no corresponde efectuar descuento alguno en los haberes que se liquidan a favor de las Religiosas que prestan servicios en el Asilo Correccional de Mujeres de la Capital e institutos similares.

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