Resolución ministerial 204/1999 [recurso electrónico]
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TextoDetalles de publicación: [S.l.] : [s.n.], 1999.Descripción: 1 PDFTema(s): Recursos en línea: Resumen: Cuando la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria -CONEAU- hubiera dictaminado negativamente respecto a una solicitud de autorización para funcionar como institución universitaria privada, la entidad peticionante no podrá insistir en su pretensión hasta pasado por lo menos doce meses de la fecha del dictamen aludido.
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Cuando la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria -CONEAU- hubiera dictaminado negativamente respecto a una solicitud de autorización para funcionar como institución universitaria privada, la entidad peticionante no podrá insistir en su pretensión hasta pasado por lo menos doce meses de la fecha del dictamen aludido.