Resolución ministerial 20/1995 [recurso electrónico]
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TextoDetalles de publicación: [S.l.] : [s.n.], 1995.Descripción: 1 PDFTema(s): Recursos en línea: Resumen: Ampliar los términos del art. 2 de la R.M. No. 2143/94 de acuerdo con lo expresado en el art. 53 de la Ley Federal de Educación por lo que se reconoce como equivalente al Bachillerato Argentino, el título de igual carácter expedido por las autoridades educativas de los países que integran el Mercosur. Reconocer los estudios parciales en cualquiera de los Países Partes a fin de permitir la prosecución de los mismos, sin obligación de rendir las asignaturas de formación nacional, pero sí las específicas. Reconocer que la matriculación de los alumnos provenientes del Mercosur atento a lo establecido en el art. precedente, se equiparará en base a las distintas situaciones académicas originadas en función de la tabla comparativa de años de escolaridad insertada en el Anexo I del Protocolo de Integración Educativa firmada por los Ministros de Educación de los países integrantes el 4/8/94.
Ampliar los términos del art. 2 de la R.M. No. 2143/94 de acuerdo con lo expresado en el art. 53 de la Ley Federal de Educación por lo que se reconoce como equivalente al Bachillerato Argentino, el título de igual carácter expedido por las autoridades educativas de los países que integran el Mercosur. Reconocer los estudios parciales en cualquiera de los Países Partes a fin de permitir la prosecución de los mismos, sin obligación de rendir las asignaturas de formación nacional, pero sí las específicas. Reconocer que la matriculación de los alumnos provenientes del Mercosur atento a lo establecido en el art. precedente, se equiparará en base a las distintas situaciones académicas originadas en función de la tabla comparativa de años de escolaridad insertada en el Anexo I del Protocolo de Integración Educativa firmada por los Ministros de Educación de los países integrantes el 4/8/94.
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