Resolución de Consejo 4/2008 [recurso electrónico]
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TextoDetalles de publicación: [S.l.] : [s.n.], 2008.Descripción: 1 PDFTema(s): Recursos en línea: Resumen: Establecer para el personal incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos que regirán a partir del 01/03/08, conforme se detalla en la presente resolución.
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Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 33357 de 11/04/2008
Nacional
Establecer para el personal incluido en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13047 que se desempeña en establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en artículo 2, incisos b) y c), los sueldos mínimos que regirán a partir del 01/03/08, conforme se detalla en la presente resolución.